Ordenanzas - Decreto Ad Referéndum Nro. 1418/2016


ORDENANZA Nº 12.089/2016.

EXPTE.Nº 5868/2016-H.C.D.

VISTO:

El Decreto Ad Referéndum Nro. 1418/2016, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

 

CONSIDERANDO:

Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ART.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 1418/2016 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

ART.2º.- COMUNIQUESE, Publíquese y Archívese.

 

Sala de Sesiones – Honorable Concejo Deliberante.

San José de Gualeguaychú, 30 de diciembre de 2016.

Jorge F. Maradey, Presidente–Leandro M. Silva, Secretario

 

 

 

 

DECRETO Nº 1418/2016.

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 1º de julio de 2016

VISTO: La Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria que aprueba el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Año 2016; y

CONSIDERANDO:

Que la operatoria de las distintas áreas hace necesario efectuar transferencias compensatorias de las partidas presupuestarias de gastos, sin que ello implique modificación en el Presupuesto total aprobado.

Que al cierre del ejercicio 2015 quedaron en las Disponibilidades iniciales, fondos correspondientes al Resultado del Ejercicio, lo que permite la ampliación presupuestaria correspondiente a fin de continuar con las obras que se encuentran en ejecución y la prestación de servicios esenciales.

Que han ingresado fondos correspondientes al “Convenio de Cooperación y Fortalecimiento Sanitario – CAPS” por la suma de PESOS VEINTIUN MIL ($ 21.000,00) lo que torna necesaria la ampliación presupuestaria correspondiente.

Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,

 

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ

AD-REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando el rubro 1700000 Transferencias Corrientes17.5.00.00 De gobiernos e instituciones provinciales y municipales en la suma de PESOS VEINTIUN MIL ($ 21.000,00).

ARTÍCULO 2º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando en la suma de PESOS VEINTIUN MIL ($ 21.000,00) la partida Bienes de Uso de Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria de la Jurisdicción 1110104000 Secretaria de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 3º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CUATRO MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 4.087.500,00), provenientes de rentas generales.

ARTÍCULO 4º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobierno en la suma de PESOS CIENTO VENITE MIL ($ 120.000,00); la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 19.00.00 Dirección de Comunicación Institucional en la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MIL ($ 92.000,00); la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 22.00.00 Dirección de Informática y Nuevas Tecnologías en la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 575.000.00); la partida Transferencias de la Apertura Programática 16.00.00 Dirección de Inspección General en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL ($ 154.000,00), todo dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 5º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando en la suma de pesos DOCE MIL ($ 12.000,00) la partida Bienes de Uso de la Apertura Programática 24.00.00 Tesorería de la Jurisdicción 1110103000 Secretaria de Economía y Hacienda.

ARTÍCULO 6º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Desarrollo Social en la suma de PESOS VENITICUATRO MIL ($ 24.000,00); la partida Transferencias de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano en la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MIL ($ 51.000,00); la partida Transferencias de la Apertura Programática 33.00.00 Dirección de Medio Ambiente en la suma de PESOS CIENTO TRECE MIL ($ 113.000,00), todo dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 7º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL ($ 175.000,00); dentro de la Apertura Programática 51.00.00 Obras Hídricas y Saneamiento, la partida Bienes de Consumo en suma de PESOS QUINIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS ($ 520.500,00) y la partida Servicios no Personalesen la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL ($ 158.000,00), todo dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos.

ARTÍCULO 8º .- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando dentro de la Apertura Programática 34.00.00 Dirección de Mantenimiento la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CIENTO DIECIOCHO MIL ($ 118.000,00) y la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000,00); dentro de la AperturaProgramática 35.00.00 Dirección de Espacios Públicos la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000,00); dentro de la Apertura Programática 37.00.00 Dirección de Obras Sanitarias la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA MIL ($ 430.000,00) y la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL ($ 110.000,00); dentro de la Apertura Programática 40.00.00 Dirección de Mantenimiento Vial la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS NOVENTA MIL ($ 90.000,00) y la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000,00); dentro de la Apertura Programática 41.00.00 Dirección de Higiene Urbana la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS NOVENTA MIL ($ 90.000,00), la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA MIL ($ 280.000,00) y la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA MIL ($ 470.000,00), todo dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaria de Obras y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 9º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 11.999/2015 y modificatoria, incrementando en la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL ($ 394.000,00) la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 42.01.00 Sub Secretaría de Planeamiento de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat.

ARTÍCULO 10º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobierno de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales la suma de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00); dentro de la Apertura Programática 18.00.00 Dirección de Personal de la partida Bienes de Consumo a la partida Bienes de Uso la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00); dentro de la Apertura Programática 19.00.00 Dirección de Comunicación Institucionalde la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales la suma de PESOS SETENTA Y NUEVE MIL ($ 79.000,00); de la partida Servicios no Personales a la partida Transferencias la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500,00); dentro de la Apertura Programática 22.00.00 Dirección de Informática y Nuevas Tecnologíasde la partida Bienes de Consumo a la partidaServicios no Personales la suma de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00), todo dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 11º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Apertura Programática 26.00.00 Dirección de Rentas de la Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Economía y Hacienda la suma de PESOS VEINTISEIS MIL ($ 26.000,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS VEINTIUN MIL ($ 21.000,00), y a la partida Bienes de Uso la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00).

ARTÍCULO 12º.- TRANSFIÉRASE dentro de la a Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Desarrollo Social suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000,00) de la partida Transferencias a la partida Servicios no Personales; dentro de la Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL ($ 48.000,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo; dentro de la Apertura Programática 32.00.00 Dirección de Empleo y Economía Social la suma de PESOS SEISCIENTOS ($ 600,00) de la partida Bienes de Uso a la partida Bienes de Consumo, todo dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 13º- TRANSFIÉRASE dentro de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Juzgado de Faltas de la Jurisdicción 1110109000 Juzgado de Faltas la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales; dentro de la partida Transferencias, la suma de PESOS VEINTISIETE MIL ($ 27.000,00) de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Presidencia de la Jurisdicción 1110101000 Presidencia a la Apertura Programática 31.00.00 Dirección de Deportes de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 14º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Gastos en Personal la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO DIECINUEVE MIL CIEN ($ 1.119.100,00) de la Apertura Programática 50.00.00Vialidad Urbana de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos a la Apertura Programática 40.00.00 Dirección de Mantenimiento Vial de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos; dentro de la partida Gastos en Personal la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 366.800,00) de la Apertura Programática 37.00.00 Dirección de Obras Sanitarias a la Apertura Programática 34.00.00 Dirección de Mantenimiento, todo dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos; dentro de la partida Gastos en Personal la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ($ 147.800,00) de la Apertura Programática 45.00.00Dirección de Comisiones Vecinales a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Poder Popular la suma de PESOS NOVENTA Y SIETE MIL CIEN ($ 97.100,00) y a la Apertura Programática 47.00.00 Dirección de Educación Popular la suma de PESOS CINCUENTA MIL SETECIENTOS ($ 50.700,00), todo dentro de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría de Poder Popular.

ARTÍCULO 15º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Transferencias, de la Apertura Programática 45.00.00 Dirección de Comisiones Vecinales la suma de PESOS TRECE MIL ($ 13.000,00), a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva del Poder Popular la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) y a la Apertura Programática 47.00.00 Dirección de Educación Popular la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00), todo dentro de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría del Poder Popular.

ARTÍCULO 16º.- TRANSFIÉRASE de la partida Bienes de Consumo a la partida Transferencias la suma de PESOS VEINTE MIL DOSCIENTOS ($ 20.200,00) dentro de la Apertura Programática 48.00.00 Presupuesto Participativo de la Jurisdicción 1110116000 Participación Ciudadana.

ARTÍCULO 17º.- TRANSFIÉRASE de la partida Servicios no Personales  a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS DOSCIENTOS CUATRO MIL ($ 204.000,00) dentro de la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana; de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales la suma de PESOS NOVENTA Y TRES MIL ($ 93.000,00) dentro de la Apertura Programática 52.00.00 Viviendas; de la partida Bienes de Uso la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL ($ 164.000,00) a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS TREINTA MIL CIEN ($ 30.100,00) y a la partida Servicios no Personales la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS ($ 134.500,00) dentro de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales; de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL ($ 1.678.000,00), de la partida Bienes de Uso la suma de PESOS SEISCIENTOS ONCE MIL ($ 611.000,00) y de la partida Gastos en Personal la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS TREINTA MIL ($ 1.430.000,00), a la partida Servicios no Personales la suma de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS DIECINUEVE MIL ($ 3.719.000,00) dentro de la Apertura Programática 54.00.00 Fondo Federal Solidario, todo dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos.

ARTÍCULO 18º.- TRANSFIÉRASE de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales la suma de PESOS CATORCE MIL ($ 14.000,00) dentro de la Apertura Programática 35.00.00 Dirección de Espacios Públicos; de la partida Servicios no Personales la suma de PESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 16.800,00) y de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS TRECE MIL DOSCIENTOS ($ 13.200,00) a la partida Bienes de Uso la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000,00) dentro de la Apertura Programática 38.00.00 Administración del Cementerio Norte; de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00) dentro de la Apertura Programática 39.00.00 Dirección de Electrotecnia; de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00) dentro de la Apertura Programática 41.00.00 Dirección de Higiene Urbana, todo dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 19º.- TRANSFIÉRASE de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS ONCE MIL CIEN ($ 11.100,00) y de la partida Servicios no Personales la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00) a la partida Bienes de Uso la suma de PESOS CATORCE MIL CIEN ($ 14.100,00) dentro de la Apertura Programática 42.00.00 Sub Secretaría de Planeamiento de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat.

ARTÍCULO 20º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.

 

IGNACIO JOSÉ FARFÁN                            ESTEBAN MARTÍN PIAGGIO

                Secretario de Gobierno                                         Presidente Municipal

 

ORDENANZAS

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