ORDENANZA Nº 12.316/2019.
EXPTE.Nº6393/2019-H.C.D.
VISTO: El Expediente Nº 1893/2019, caratulado: “DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES S/ PROYECTO DE ORDENANZA”; y
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Convenio de Subvención a suscribirse entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación, la Municipalidad de San José de Gualeguaychú y la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER) la Municipalidad recibirá un aporte enmarcado en la línea: “APOYO TECNOLÓGICO AL SECTOR TURISMO - ASETUR 2017”, por la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL ($ 1.400.000,00) para ser aplicado en la ejecución del Proyecto denominado “ACONDICIONAMIENTO DEL CENTRO DE INTERPRETACIÓN DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS DEL DEPARTAMENTO GUALEGUAYCHÚ” en el marco de la Línea ASETUR 2017.
Que conforme la Cláusula Séptima del Convenio, el cronograma de desembolso se ajustará en un todo a la planilla de financiamiento que se agrega como Anexo I del mismo, quedando supeditados a la aprobación de los informes técnicos y las rendiciones de cuentas respectivas.
Que se ha previsto un anticipo de PESOS QUINIENTOS SESENTA MIL ($ 560.000,00) para cuyo desembolso, la Secretaría de Gobierno de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación requiere la contratación de un Seguro de Caución.
Que a fin de concretar lo requerido para el aporte de anticipo, el “Instituto Autárquico Provincial del Seguro de la Provincia de Entre Ríos” (IAPSER) es la entidad con quien la Municipalidad debe contratar obligatoriamente los seguros por imperio de lo establecido en la Ley Nº 5058, requiriendo dicho organismo para la contratación en cuestión que la Municipalidad ceda en garantía a su favor los recursos municipales, incluso los coparticipables, hasta cubrir el importe del anticipo.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- AUTORÍZASE al Presidente Municipal, Doctor Esteban Martín PIAGGIO a ceder al Instituto Autárquico Provincial del Seguro de la Provincia de Entre Ríos (IAPSER) los recursos municipales, inclusive los coparticipables, hasta cubrir la suma de PESOS QUINIENTOS SESENTA MIL ($ 560.000,00) en garantía del Seguro de Caución solicitado por parte de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN según RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN:2019-36-APN-SGCTEIP# MECCYT como Garantía del anticipo correspondiente al proyecto “ACONDICIONAMIENTO DEL CENTRO DE INTERPRETACIÓN DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS DEL DEPARTAMENTO GUALEGUAYCHÚ”
ARTÍCULO 2º.- ÍNSTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a enviar al Honorable Concejo Deliberante las rendiciones y dictámenes en relación a los fondos afectados por la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3º.- COMUNIQUE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 22 de mayo de 2019.
Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.