Ordenanzas - Prorroga de licitacion 8/92 con Empresa ROWECO S.A


ORDENANZA Nº 10441/2000.

EXPTE.Nº 253/2000-H.C.D.

 

 

VISTO:

Que en fecha 30 de Junio de 2000, operó el vencimiento de la prórroga del contrato de la Licitación Nº 8/92 con la firma ROWECO S.A., prestataria del servicio de recolección de residuos domiciliarios, levantamiento del producido del barrido de calles, realización de servicios especiales y disposición final de residuos de la ciudad de Gualeguaychú.

 

CONSIDERANDO:

Que el departamento Ejecutivo Municipal ha decidido retomar los servicios concesionados, a fin de prestarlos por administración, estimando conveniente efectuar una nueva prorroga del contrato con la actual concesionaria, por el plazo que demande la licitación para la adquisición del equipamiento necesario para la prestación del servicio.

Que la experiencia municipal sobre trámites para adquisición de maquinarias mediante compra o leasing, indica que el procedimiento licitatorio desde la confección de pliegos, continuando con el llamado a licitación, recepción de ofertas, impugnaciones, adjudicación, trámites ante la entidad bancaria y organismos provinciales, hasta la recepción de las maquinarias, demanda aproximadamente de seis a ocho meses.

Que atento a que la finalización del proceso licitatorio coincidiría con el comienzo del período estival, período durante el cual hacen uso de licencias ordinarias la mayoría del personal municipal, resulta aconsejable dilatar el término de la prórroga hasta el final del período ordinario de vacaciones, estimando asimismo posibles imponderables derivado del proceso licitatorio.

Que en mérito de dichas consideraciones, el Ejecutivo Municipal ha suscripto una prórroga del contrato con ROWECO S.A por el término de diez meses a partir del 1º de Julio de 2000, reservándose el derecho de retomar en cualquier momento el servicio de disposición final de los residuos, a fin de realizar el tratamiento conforme al proyecto elaborado por el CEAMSE para la ciudad de Gualeguaychú.

Que conforme a lo establecido en la cláusula octava del citado convenio, dicha prórroga ha quedado supeditada a su ratificación por parte de este Honorable Concejo Deliberante.

 

ORDENANZA Nº 10441/2000.-

 

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- RATIFÍQUESE el Convenio de Prórroga de la Licitación Nº 8/92 suscrito por la Municipalidad de San José de Gualeguaychú y la Empresa ROWECO S.A, en fecha 30 de Junio de 2000, para la prestación de los servicios de recolección de residuos domiciliarios, levantamiento del producido del barrido de calles, realización de servicios especiales y disposición final de residuos de la ciudad de Gualeguaychú.

ART.2º.- COMUNIQUESE,ETC...

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU, 14 DE JULIO DE 2000.

SERGIO DELCANTO,PRESIDENTE-VICTOR INGOLD,SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

 

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