ORDENANZA Nº 12.451/2020.
EXPTE.Nº 6697/2020-H.C.D.
VISTO:
El Convenio suscripto entre la Municipalidad de San José de Gualeguaychú y la Facultad de Trabajo Social de la Universidad Nacional de Entre Ríos, obrante de fojas 3 a 9.
CONSIDERANDO:
Que en el referido Convenio, se acuerda que la Facultad de Trabajo Social de la Universidad Nacional de Entre Ríos, dictará las carreras de “Licenciatura en Trabajo Social” y “Licenciatura en Ciencias Políticas”.
Que a los fines de instrumentar la ejecución del Convenio mencionado precedentemente, resulta necesaria su aprobación por parte del Poder Legislativo Municipal.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo.1º.- APRUEBESE el Convenio suscripto entre la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, CUIT Nº 30-64254968-1 con domicilio en calle Hipólito Yrigoyen Nº 75, y la Facultad de Trabajo Social de la Universidad Nacional de Entre Ríos, el cual tiene como objeto el dictado de las Carreras de “Licenciatura en Trabajo Social” y “Licenciatura en Ciencias Políticas”.
Artículo.2º.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 2 de octubre de 2020.
Lorena M. Arrozogaray, Presidenta – Jorge Cuenca, Secretario.