Ordenanzas - Venta de lote Sr. Marsilli


ORDENANZA Nº 10425/2000.-

EXPTE.Nº 77/2000-H.C.D.

 

 

 

 

VISTO:

El Expte.Nº 5345/99 Caratulado: “ Marsilli, Juan Carlos s/ ocupación terreno Municipal”.

 

CONSIDERANDO:

Que a Fs. 7 se presenta el Sr. Juan Carlos Marsilli, D.N.I. Nº 20.865.664 en su carácter de propietario del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble Local bajo Matrícula 128.245, lote Nº 11 sito en Barrio 145 Viviendas, manzana Nº1, informando que por un error involuntario, ha invadido con sus construcciones 0,50 m. de todo el largo de la línea divisoria ( 34-33 N 86º 55’ O de 24,45 m) que corresponde a su lindero Sur, que es el lote A del Barrio 145 Viviendas ubicado en manzana Nº 1 en la esquina de las calles Gervasio Méndez y Hermanas Mercedarias, de propiedad municipal, solicitando la adquisición de dicha superficie.

Que a efectos de estimar las circunstancias aludidas, se han recabado informes de las distintas áreas involucradas, y así a Fs. 7 vta. la Dirección de Catastro, informa que efectivamente dichos terrenos son propiedad del Municipio de Gualeguaychú, que fueron cedidos por el IAPV y aceptados por Ordenanza Nº 10384/99, y a Fs. 11 informa que de acuerdo a consultas realizadas sobre el valor de mercado, se estima que el mismo asciende a la suma de $ 20,00 por metro cuadrado, lo que daría un valor total de $ 357,40; a Fs. 10 se adjunta croquis ilustrativo de la superficie afectada que consta de 17,87 m2 y a Fs. 12 la Dirección de Planeamiento ha estimado que el sector invadido, por sus dimensiones y localización, no afectaría el destino previsto para el inmueble de propiedad municipal.

Que la enajenación de bienes de propiedad municipal, debe ser autorizada por el Concejo Deliberante por el voto favorable de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros, pudiendo asimismo autorizar la venta sin el requisito de la licitación o subasta pública.

 

 

 

 

 

 

ORDENANZA Nº 10425/00.-

 

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- AUTORIZASE la venta directa de la fracción de terreno que consta de una superficie de diecisiete con ochenta y dos metros cuadrados ( 17,82 m2) ubicado sobre recta 34-33 N 86º 55’ O de 24,45 m, que delimita al Norte el terreno de propiedad municipal ubicado en Manzana Nº 1 Lote A del “Barrio 145 Viviendas I.A.P.V, al Sr. Juan Carlos Marsilli, D.N.I. Nº 20.865.664 por el precio de $ 357,40.- (PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON CUARENTA CENTAVOS).

ART.2º.- LOS gastos de mensura y escrituración de la presente venta, quedarán a exclusivo cargo del comprador.

ART.3º.- COMUNÍQUESE, ETC....

 

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU, 28 DE ABRIL DE 2000.

SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE - VÍCTOR INGOLD, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

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