ORDENANZA Nº 10517/2001.
EXPTE.Nº 378/2000-H.C.D.
VISTO:
La importancia que debemos brindar a las costas de nuestro Río Gualeguaychú.
CONSIDERANDO:
Que la ciudad turística que anhelamos todos los habitantes de esta ciudad, puede verse afectada si no logramos tomar conciencia a tiempo de la incidencia que tal situación produce en los turistas que periódicamente nos visitan.
Que en este contexto nuestro Puente Méndez Casariego cumple un rol vital, no pudiendo permitirnos que los espacios verdes que lo rodean se encuentren actualmente descuidados, al extremo de rayar con el abandono.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- DISPONESE la limpieza y forestación acorde con la zona, de los espacios verdes que circundan la cabecera oeste de nuestro Puente Méndez Casariego.
ART.2º.- IMPÚTESE los gastos que demande la presente obra al presupuesto en vigencia.
ART.3º.- COMUNÍQUESE, ETC....
SALA DE SESIONES.
SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 13 DE JULIO DE 2001.
SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.