ORDENANZA Nº12.014/2016.
EXPTE.Nº5582/2016-H.C.D.
VISTO:
El Expediente Nº 473/2016, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal Caratulado: “Secretaría Desarrollo Social s/pago proveedor Mutual Empleados de Comercio Gualeguaychú”. Y;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo regulado mediante la Ley 10027, los gastos no pagados al 31 de diciembre de cada año, deberán ser cancelados durante el año siguiente, como asimismo debe tenerse en cuenta lo dispuesto en la Ordenanza de Contabilidad Nº 11738/12, mediante la cual se rige la instrumentación y registración de los actos económicos financieros del erario público municipal.
Que en esta ocasión en particular, el Sr. Secretario jefe de Gabinete y Gobierno, Dr. Ignacio Farfán, eleva los presentes autos a este Cuerpo Deliberativo a efectos de que se dicte el correspondiente acto administrativo a fin de efectuar el pago ut- supra mencionado.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo 1º.- AUTORIZASE el pago por la suma total de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO C/NOVENTA Y NUEVE ($ 69.788,99.-), a la Mutual Empleados de Comercio de Gualeguaychú, en concordancia a los comprobantes contenidos en el Expediente del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 473/2016.-
Artículo 2º.- COMUNIQUESE, Publíquese y Archívese.-
Sala de Sesiones Honorable Concejo Deliberante.
San José de Gualeguaychú, 18 de marzo del año 2016.
Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.