ORDENANZA Nº12.474/2020.-
EXPTE.Nº 6741/2020-H.C.D.
VISTO:
El Decreto Ad Referéndum Nº 842/2020, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que este Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 842/2020 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal (modificación cálculo de recursos: Cuidadores de la Casa Común y Programa Proteger).
Artículo.2º.- COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 22 de diciembre de 2020.
Lorena M. Arrozogaray, Presidenta – Jorge Cuenca, Secretario.
SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 2 de marzo de 2020
VISTO: La Ordenanza Nº 12.373/2019, que aprueba el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Año 2020; y
CONSIDERANDO:
Que al cierre del ejercicio 2019 quedaron recursos afectados sin invertir, los que se encontraban depositados en sus respectivas cuentas bancarias, formando parte de las disponibilidades iníciales, y correspondientes a los siguientes programas:
- Cuidadores de la Casa Común.
- Compromiso Enfermedades Crónicas no Transmisibles - Programa Proteger.
Que la operatoria de las distintas áreas hace necesario efectuar transferencias compensatorias de las partidas presupuestarias de gastos, sin que ello implique modificación en el Presupuesto total aprobado.
Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,
EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ
AD-REFERÉNDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.373/2019, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros – 35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CIENTO TRECE MIL ($ 113.000,00), provenientes de fondos no invertidos del programa Compromiso Enfermedades Crónicas no Transmisibles - Programa Proteger Global.
ARTÍCULO 2º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.373/2019 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Apertura Programática 26.00.00 Dirección de Derechos Humanos de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social Ambiente y Salud la partida Bienes de consumo en la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL ($ 110.000,00) y la partida Servicios no personales en la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00).
ARTÍCULO 3º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.373/2019, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros – 35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CIENTO VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS ($ 121.400,00), provenientes de fondos no invertidos del programa Cuidadores de la Casa Común.
ARTÍCULO 4º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.373/2019 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Apertura Programática 25.00.00 Dirección de Desarrollo Social de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social Ambiente y Salud la partida Gastos en personal en la suma de PESOS CIENTO VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS ($ 121.400,00).
ARTÍCULO 5º.- TRANSFIERASE en la Jurisdicción 1110101000 Presidencia Municipal y en la partida Gastos en personal de la Apertura Programática 01.01.00 Conducción Ejecutiva Presidencia Municipal a la Apertura Programática 18.00.00 Unidad Coordinadora de Políticas Públicas la suma de PESOS CIENTO VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS ($ 124.500,00); en la partida Transferencias de la Apertura Programática 01.01.00 Conducción Ejecutiva Presidencia Municipal a la Apertura Programática 17.00.00 Consejo Mixto de Turismo la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS ($ 143.500,00).
ARTÍCULO 6º.- TRANSFIERASE la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000,00) de la partida Bienes de uso de la Apertura Programática 01.01.00 Conducción Ejecutiva Presidencia Municipal de la Jurisdicción 1110101000 Presidencia Municipal a la partida Bienes de uso de la Apertura Programática 29.03.00 Dirección de Informática y Nuevas Tecnologías de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat.
ARTÍCULO 7º.- TRANSFIERASE en la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno la suma de PESOS SESENTA Y DOS MIL ($ 62.000,00) en la partida Bienes de consumo de la Apertura Programática 01.01.00 C.E. Secretaría de Gobierno a la Apertura Programática 01.03.00 Área de Choferes y Mayordomía y en la Apertura Programática 01.01.00 C.E. Secretaría de Gobierno la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL ($ 142.000,00) de la partida Transferencias a la partida Servicios no personales.
ARTÍCULO 8º.- TRANSFIERASE en la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social Ambiente y Salud, de la partida Transferencias de la Apertura Programática 01.01.00 C.E. Secretaría de Desarrollo Social, Ambiente y Salud la suma de PESOS SEIS MILLÓNES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS ($ 6.453.600,00) a la partida Bienes de consumo la suma de PESOS DOS MILLÓNES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS ($ 2.774.600,00) y a la partida Servicios no personales la suma de PESOS CIENTO DIECISEIS MIL ($ 116.000,00) en la Apertura Programática 01.01.00 C.E. Secretaría de Desarrollo Social, Ambiente y Salud, a la partida Bienes de consumo la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTITRES MIL ($ 223.000,00) y a la partida Servicios no personales la suma de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA MIL ($ 640.000,00) en la Apertura Programática 23.00.00 Equipo Directivo de Ambiente, la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS ($ 1.288.700,00) a la partida Bienes de consumo y a la partida Transferencias la suma de PESOS UN MILLÓN CUARENTA Y TRES MIL CIEN ($ 1.043.100,00) de la apertura programática 24.00.00 Equipo Directivo de Salud Comunitaria a la partida Bienes de consumo la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS ($ 366.200,00) y a la partida Servicios no personales la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.000,00) en la Apertura Programática 25.00.00 Dirección de Desarrollo Social; en la Apertura Programática 01.01.00 C.E. Secretaría de Desarrollo Social, Ambiente y Salud la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00)de la partida Servicios no personales a la partida Bienes de Consumo; en la Apertura Programática 23.00.00 Equipo Directivo de Ambiente la suma de PESOS UN MILLÓN OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 1.088.400,00) de la partida Transferencias a la partida Servicios no personales; de la Apertura Programática 23.00.00 Equipo Directivo de Ambiente a la Apertura Programática 24.00.00 Equipo Directivo de Salud Comunitaria la suma de PESOS SIETE MIL ($ 7.000,00) en la partida Bienes de uso; de la partida Servicios no personales de la Apertura Programática 23.00.00 Equipo Directivo de Ambiente la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL ($ 369.000,00) y de la partida Servicios no personales de la Apertura Programática 26.00.00 Dirección de Derechos Humanos la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000,00) a la partida Transferencias de la Apertura Programática 01.01.00 C.E. Secretaría de Desarrollo Social, Ambiente y Salud la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL ($ 469.000,00) y a la partida Bienes de Consumo 24.00.00 Equipo Directivo de Salud Comunitaria la suma de PESOS SETECIENTOS MIL ($ 700.000,00); de la Apertura Programática 24.00.00 Equipo Directivo de Salud Comunitaria y de la Partida Transferencias la suma de PESOS UN MILLÓN NOVENTA Y NUEVE MIL CIEN ($ 1.099.100,00) y de la Apertura Programática 26.00.00 Dirección de Derechos Humanos de la partida Servicios no personales la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL ($ 1.378.000,00) y de la partida Transferencias la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS ($ 1.222.300,00) a la Apertura Programática 24.00.00 Equipo Directivo de Salud Comunitaria a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS TRES MILLÓNES SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL ($ 3.694.000,00) y a la partida Servicios no personales la suma de PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS($ 5.400,00); de la Apertura Programática 26.00.00 Dirección de Derechos Humanos a la Apertura Programática 01.01.00 C.E. Secretaría de Desarrollo Social, Ambiente y Salud la suma de PESOS DOSDCVIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL ($ 248.000,00) en la partida Transferencias; en la Apertura Programática 25.00.00 Dirección de Desarrollo Social la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no personales; en la partida Bienes de Uso la suma de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000,00) de la Apertura Programática 25.00.00 Dirección de Desarrollo Social a la Apertura Programática 01.01.00 C.E. Secretaría de Desarrollo Social, Ambiente y Salud la suma de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000,00) y a la Apertura Programática 24.00.00 Equipo Directivo de Salud Comunitaria la suma de PESOS SESENTA Y UN MIL ($ 61.000,00); de la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 25.00.00 Dirección de Desarrollo Social la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTITRES MIL ($ 223.000,00) y de la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 26.00.00 Dirección de Derechos Humanos la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL ($ 187.000,00) a la partida Transferencias de la Apertura Programática 01.01.00 C.E. Secretaría de Desarrollo Social, Ambiente y Salud la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA MIL ($ 390.000,00) y a la partida Servicios no personales de la Apertura Programática 24.00.00 Equipo Directivo de Salud Comunitaria la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000,00); de la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 26.00.00 Dirección de Derechos Humanos la suma de PESOS SETECIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS ($ 704.900,00) a la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 24.00.00 Equipo Directivo de Salud Comunitaria la suma de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL ($ 538.000,00) y a la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 25.00.00 Dirección de Desarrollo Social la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS($ 166.900,00).
ARTÍCULO 9º.- TRANSFIERASE en la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos en la Apertura Programática 52.00.00 Viviendas la suma de PESOS CIENTO DIECISEIS MIL NOVECIENTOS ($ 116.900,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales; de la partida Servicios no personales de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales la suma de PESOS CINCO MILLÓNES SEIS MIL CIEN ($ 5.006.100,00) a la partida Servicios no personales de la Apertura Programática 52.00.00 Viviendas la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL CIEN ($ 1.328.100,00), a la partida Bienes de consumo de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales la suma de PESOS OCHO MIL ($ 8.000,00) y a la partida Servicios no personales de la Apertura 56.00.00 Proyecto Integral Hábitat Suburbio Norte la suma de PESOS TRES MILLÓNES SEISCIENTOS SETENTA MIL )$ 3.670.000,00).
ARTÍCULO 10º.- TRANSFIERASE en la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat en la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Secretaría del Hábitat de la partida Servicios no personales a la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.00,00); en la partida Servicios no personales la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y UN MIL ($ 131.000,00) de la Apertura Programática 29.02.00 Dirección de Espacios Públicos a la Apertura 01.00.00 Conducción Ejecutiva Secretaría del Hábitat; en la partida Bienes de uso la suma de PESOS CATORCE MIL ($ 14.000,00) de la Apertura Programática 29.03.00 Dirección de Informática y Nuevas Tecnologías a la Apertura 29.04.00 Dirección de Obras Particulares; en la Apertura Programática 30.01.00 Dirección de Viviendas de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no personales la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL ($ 38.000,00);de la partida Bienes de consumo de la Apertura Programática 30.02.00 Dirección de Acceso a la Tierra a la partida Servicios no personales de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Secretaría del Hábitat la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MIL ($ 180.000,00).
ARTÍCULO 11º.- Por Secretaría de Hacienda y Política Económica dispónganse las acciones necesarias para la realización de las modificaciones presupuestarias establecidas en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 12º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.
DELFINA FLORENCIA HERLAX ETEBAN MARTÍN PIAGGIO
Secretario de Gobierno Presidente Municipal