Ordenanzas - El Decreto Ad Referéndum Nro. 2700/2017, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.


ORDENANZA Nº 12.191/2017.-

EXPTE.Nº 6114/2017-H.C.D.

VISTO:

El Decreto Ad Referéndum Nro. 2700/2017, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

CONSIDERANDO:

Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ART.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 2700/2017 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

ART.2º.- COMUNIQUESE, Publíquese y Archívese.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 29 de diciembre de 2017.

Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.

 

 

 

 

 

 

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 2 de octubre de 2017

 

VISTO: La Ordenanza 12.074/2016 que aprueba el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Año 2017; y

 

CONSIDERANDO:

Que se ha registrado el ingreso de un aporte no reintegrable otorgado por el Ministerio de Turismo de la Nación Res RS-2017-132-APN-SECT#MTU para solventar gastos ocasionados en la organización y logística de la 40ª Edición del Carnaval de Gualeguaychú 2017, y que fuera contabilizado su ingreso mediante DIN (Documento de Ingreso) Nº 758/2017 de fecha 19/09/2017.

Que se ha registrado el ingreso de un aporte no reintegrable del Gobierno Provincial para la adquisición de máquinas y herramientas para fortalecimiento de diez (10) Cooperativas - Res Nº 516 M.D.S. de fecha 18/09/2017, y que fuera contabilizado su ingreso mediante DIN (Documento de Ingreso) Nº 784/2017 de fecha 06/10/2017.

Que el Ministerio de Desarrollo de la Provincia ha actualizado los valores asignados para los comedores infantiles.

Que al cierre del ejercicio 2016 quedaron recursos afectados sin invertir, los que se encontraban depositados en sus respectivas cuentas bancarias, formando parte de las disponibilidades iniciales, y correspondientes a los siguientes programas:

  • Ingresos por Atención Plan Nacer
  • CIC 3 de Caballería - Subsidio No Reintegrable del Ministerio de Desarrollo Social

Que al cierre del ejercicio 2016 quedaron en las disponibilidades iniciales, fondos correspondientes al Resultado del Ejercicio, lo que permite la ampliación presupuestaria correspondiente a fin de continuar con las obras que se encuentran en ejecución y la prestación de servicios esenciales.

Que a fin de pagar y hacer efectivo el pago de los haberes del personal, se hace necesario realizar transferencias compensatorias del presupuesto dentro de la partida de Gastos en Personal, sin afectar el monto total de la partida.

Que la operatoria de las distintas áreas hace necesario efectuar transferencias compensatorias de las partidas presupuestarias de gastos, sin que ello implique modificación en el Presupuesto total aprobado.

Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,

 

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ

AD-REFERÉNDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 1720000 Transferencias Corrientes - De la Administración Nacional 17.2.05.00 Otros Subsidios Nacionales en la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00).

ARTÍCULO 2º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando la partida Transferencias en la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00) dentro de la Apertura Programática 01.00.00 Consejo Mixto de la Jurisdicción 1110107000 Consejo Mixto Gualeguaychú Turismo.

ARTÍCULO 3º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 2250000 Transferencias de Capital – De gobiernos Provinciales – 22.5.01.01 Aportes no reintegrables provinciales en la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON VEINTIDOS CENTAVOS ($ 354.389,22).

ARTÍCULO 4º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando la partida Transferencias en la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON VEINTIDOS CENTAVOS ($ 354.389,22) dentro de la Apertura Programática 44.00.00 Dirección de Cooperativas de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat.

ARTÍCULO 5º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 1750100 Transferencias Corrientes – De gobiernos e instituciones provinciales y municipales – De gobiernos provinciales17.5.01.01 Racionamiento comedores en la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00).

ARTÍCULO 6º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando la partida Transferencias en la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00) de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 7º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL ($ 46.000,00), provenientes de recursos no invertidos del programa Ingresos por atención Plan Nacer.

ARTÍCULO 8º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL ($ 46.000,00) de la Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 9º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CIEN MIL CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 100.000,75), provenientes de recursos no invertidos del programa CIC 3 de Caballería - Subsidio No Reintegrable del Ministerio de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 10º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CIEN MIL CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 100.000,75) de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos.

ARTÍCULO 11º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS DOS MILLONES DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE ($ 2.016.837,00), provenientes de rentas generales.

ARTÍCULO 12º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente fijado por Ordenanza Nº 12.074/2016, incrementando dentro de la dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno y de la Apertura Programática 16.00.00 Dirección de Inspección General la partida Transferencias en la suma de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS ($ 10.800,00) y en la Apertura Programática 19.00.00 Dirección de Comunicación Institucional la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL ($ 248.000,00); dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social y de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Desarrollo Social la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS ($ 40.300,00) y la partida Transferencias en la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA ($ 5.760,00); dentro de la Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 16.800,00) y la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ($ 243.400,00); dentro de la Apertura Programática 31.00.00 Dirección de Deportes la partida Transferencias en la suma de PESOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS ($ 50.400,00); dentro de la Jurisdicción 1110107000 Consejo Mixto Gualeguaychú Turismo y de la Apertura Programática 01.00.00 Consejo Mixto la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS ($ 56.200,00); dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos y de la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana, la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CIENTO CATORCE MIL SEISCIENTOS ($ 114.600,00) y la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CIENTO QUINCE MIL CUATROCIENTOS ($ 115.400,00); dentro de la Apertura Programática 51.00.00 Obras Hídricas y Saneamiento, la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL ($ 32.000,00); dentro de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales, la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 159.400,00), la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS ($ 339.800,00) y la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS SESENTA Y OCHO MIL CIEN ($ 68.100,00); dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos y de la Apertura Programática 35.00.00 Dirección de Espacios Públicos la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS CIENTO SEIS MIL CUATROCIENTOS ($ 106.400,00) y la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS VEINTISEIS MIL ($ 26.000,00); dentro de la Jurisdicción 1110116000 Participación Ciudadana y de la Apertura Programática 48.00.00 Presupuesto Participativo Municipal en la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE ($ 56.777,00); dentro de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat y de la Apertura Programática 42.00.00 Sub Secretaría de Planeamiento la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL ($ 188.000,00); dentro de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría del Poder Popular y de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Poder Popular la partida Bienes de Consumo en la suma de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS ($ 6.700,00) y la partida Servicios no Personales en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MIL ($ 132.000,00).

ARTÍCULO 13º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110101000 Presidencia Municipal y de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Presidencia, la suma de PESOS CIENTO CATORCE MIL ($ 114.000,00) de la partida Bienes de Consumo, a la partida Servicios no Personales la suma de PESOS NOVENTA Y CUATRO MIL ($ 94.000,00) y a la partida Transferencias la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000,00).

ARTÍCULO 14º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno la suma de PESOS ONCE MIL ($ 11.000,00) de la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobierno a la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 17.00.00 Dirección de Tránsito; la suma de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000,00) de la partida Transferencias de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobierno a la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 17.00.00 Dirección de Tránsito; la suma de PESOS SESENTA Y CINCO MIL ($ 65.000,00) de la partida Transferencias de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobierno a la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 17.00.00 Dirección de Tránsito; la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($ 46.500,00) de la partida Transferencias de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Gobierno a la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 16.00.00 Dirección de Inspección General; dentro de la Apertura Programática 16.00.00 Dirección de Inspección General la suma de PESOS OCHO MIL ($ 8.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales; dentro de la Apertura Programática 18.00.00 Dirección de Personal en la suma de PESOS VEINTIDOS MIL ($ 22.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales; dentro de la Apertura Programática 19.00.00 Dirección de Comunicación Institucional la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00) de la partida Transferencias a la partida Servicios no Personales y dentro de la Apertura Programática 21.00.00 Dirección de Habilitaciones la suma de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales.

ARTÍCULO 15º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Hacienda la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL ($ 29.000,00) de la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Hacienda a la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 25.00.00 Dirección de Adquisiciones y Suministros.

ARTÍCULO 16º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social y de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS ($ 48.600,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo; dentro de la Apertura Programática 33.00.00 Dirección de Medio Ambiente la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00) de la partida Transferencias a la partida Servicios no Personales.

ARTÍCULO 17º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110107000 Consejo Mixto Gualeguaychú Turismo y de la Apertura Programática 01.00.00 Consejo Mixto la suma de PESOS VEINTIDOS MIL ($ 22.000,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo y la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000,00) de la partida Transferencias a la partida Servicios no Personales.

ARTÍCULO 18º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos, de la Apertura Programática 51.00.00 Obras Hídricas y Saneamiento de la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MIL ($ 162.000,00) y de la partida Servicios no Personales la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL ($ 32.000,00), a la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL ($ 194.000,00); dentro de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales la suma de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL ($ 69.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales.

ARTÍCULO 19º.- TRANSFIÉRASE la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL ($ 259.000,00) de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Obras y Servicios Públicos de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos a la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos.

ARTÍCULO 20º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL ($ 57.000,00) de la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 34.00.00 Dirección de Mantenimiento a la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Obras y Servicios Públicos; la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL ($ 54.000,00) de la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 36.00.00 Dirección de Obras Públicas a la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Obras y Servicios Públicos; dentro de la Apertura Programática 39.00.00 Dirección de Electrotecnia la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS ($ 135.800,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales; dentro de la Apertura Programática 41.00.00 Dirección de Higiene Urbana la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 245.000,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo; de la Apertura Programática 37.00.00 Dirección de Obras Sanitarias la suma de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL ($ 1.693.000,00) de la partida Bienes de Consumo y la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL ($ 656.000,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 39.00.00 Dirección de Electrotecnia la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL ($ 2.349.000,00); dentro de la Apertura Programática 34.00.00 Dirección de Mantenimiento la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL ($ 47.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales.

ARTÍCULO 21º TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110116000 Participación Ciudadana y de la Apertura Programática 48.00.00 Presupuesto Participativo Municipal la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CINCUENTA ($ 265.050,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Transferencias.

ARTÍCULO 22º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat y de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva la suma de PESOS VEINTITRES MIL CIEN ($ 23.100,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales; dentro de la Apertura Programática 43.00.00 Dirección de Viviendas la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.000,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales.

ARTÍCULO 23º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría del Poder Popular y de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Poder Popular la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500,00) de la partida Bienes de Consumo a la partida Servicios no Personales; la suma de PESOS ONCE MIL ($ 11.000,00) de la partida Servicios no Personales de la Apertura Programática 45.00.00 Dirección de Comisiones Vecinales a la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Poder Popular; dentro de la partida Servicios no Personales la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS ($ 1.400,00) de la Apertura Programática 45.00.00 Dirección de Comisiones Vecinales a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Poder Popular; dentro de la Apertura Programática 45.00.00 Dirección de Comisiones Vecinales la suma de PESOS DIECISEIS MIL ($ 16.000,00) de la partida Servicios no Personales a la partida Bienes de Consumo.

ARTÍCULO 24º.- TRANSFIÉRASE dentro de la partida Gastos en Personal la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ($ 199.300,00) de la Apertura Programática 18.00.00 Dirección de Personal de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Desarrollo Social de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social; la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS ($ 1.151.800,00) de la Apertura Programática 34.00.00 Dirección de Cultura de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social, a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Desarrollo Social de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social la suma de PESOS SETECIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS ($ 730.500,00), a la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social la suma de PESOS CIENTO SIETE MIL QUINIENTOS ($ 107.500,00), a la Apertura Programática 29.00.00 Dirección de Integración y Accesibilidad de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social la suma de PESOS CIENTO QUINCE MIL ($ 115.000,00) y a la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Juzgado de Faltas de la Jurisdicción 1110109000 Juzgado de Faltas la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ($ 199.300,00); dentro de la Jurisdicción 1110117000 Secretaría del Hábitat la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS ($ 157.300,00) de la Apertura Programática 43.00.00 Dirección de Viviendas a la Apertura Programática 44.00.00 Dirección de Cooperativas; dentro de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría del Poder Popular la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL ($ 47.000,00) de la Apertura Programática 45.00.00 Dirección de Comisiones Vecinales a la Apertura Programática 47.00.00 Dirección de Educación Popular.

ARTÍCULO 25º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

IGNACIO JOSÉ FARFÁN                 ESTEBAN MARTÍN PIAGGIO

                 Secretario de Gobierno                            Presidente Municipal

 

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