ORDENANZA Nº 12.330/2019.
EXPTE.Nº 6435/2019-H.C.D.
VISTO: El Expediente Nº 4838/2015, caratulado: “TAMBURELLI ÁNGEL JOSÉ S/ TRANSFERENCIA DE INMUEBLE”; y
CONSIDERANDO:
Que ha comparecido a la Dirección de Asuntos Legales, el Señor Ángel José Santiago TAMBURELLI, DNI Nº 12.385.334, CUIT Nº 20-12385334-3, con domicilio en calle Tomás de Rocamora Nº 78, de esta ciudad, de estado civil casado con la Señora Ana María FERNÁNDEZ, DNI Nº 11.772.762, quien manifiesta en su carácter de propietario cien por ciento (100%) del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad bajo Matrícula Nº 121.395 en fecha 16/06/1989, viene a donar a la Municipalidad de San José de Gualeguaychú una fracción de inmueble que se desglosa del mismo cuyos datos catastrales son: PLANO Nº 86.944, sito en Departamento y Municipio de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Sección Séptima, Manzana N° 4.034, Partida Provincial N° 60.163, lote calle, con una superficie de trescientos setenta y cinco metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (375,50 m2) cuyos límites y linderos son: NORTE línea rectas (1-2) al S 79º40´E de 5,30 metros, lindando con calle Pública. ESTE: línea recta (2-6) al S 03º 33´de 71,24 metros lindando con el Señor Ángel José Santiago TAMBURELLI hasta los treinta y cinco metros con treinta y dos decímetros (35,32 mts.) y con Lote Nº 1 de esta subdivisión hasta el final. SUR: línea recta (6-7) al N 80º 17´de cinco metros con treinta decímetros (5,30 mts.) lindando con calle Pública y OESTE: línea recta (7-1) al N 03º 32’ E de setenta y un metros con treinta decímetros (71,30 mts.) lindando con el Señor Rufino Pablo BAGGIO, Partida N° 159.158, para ser afectada a la apertura de calle pública según dictamen de la Dirección de Planeamiento de fs. 7.
Que en el mismo acto la Señora Ana María FERNÁNDEZ manifiesta que otorga a su cónyuge el asentimiento conyugal establecido por el artículo 470° del Código Civil y Comercial de la Nación respecto de la donación del referido lote.
Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 95° inciso r) de la Ley Nº 10.082, modificatoria de la Ley Nº 10.027 corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal para que acepte la donación del inmueble descripto, a efectos que sea destinado a la apertura de calle pública.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo a aceptar la donación del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad bajo Matrícula Nº 121.395, a nombre del Señor Ángel José Santiago TAMBURELLI, DNI Nº 12.385.334, CUIT Nº 20-12385334-3, cuyos datos catastrales son: PLANO Nº 86.944, sito en Departamento y Municipio de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Sección Séptima, Manzana N° 4.034, Partida Provincial N° 60.163, lote calle, con una superficie de trescientos setenta y cinco metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (375,50 m2) cuyos límites y linderos son: NORTE línea rectas (1-2) al S 79º40´E de 5,30 metros, lindando con calle Pública. ESTE: línea recta (2-6) al S 03º 33´de 71,24 metros lindando con el Señor Ángel José Santiago TAMBURELLI hasta los treinta y cinco metros con treinta y dos decímetros (35,32 mts.) y con Lote Nº 1 de esta subdivisión hasta el final. SUR: línea recta (6-7) al N 80º 17´de cinco metros con treinta decímetros (5,30 mts.) lindando con calle Pública y OESTE: línea recta (7-1) al N 03º 32’ E de setenta y un metros con treinta decímetros (71,30 mts.) lindando con el Señor Rufino Pablo BAGGIO, Partida N° 159.158, para ser afectada a la apertura de calle pública según dictamen de la Dirección de Planeamiento de fs. 7.
ARTÍCULO 2º.- OPORTUNAMENTE desígnese escribano de lista para los trámites de inscripción a favor de esta Municipalidad de San José de Gualeguaychú.
ARTÍCULO 3º.- COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE.
Sala de Sesiones.
San José de Gualeguaychú, 25 de julio de 2019.
Mariana Farfán, Vicepresidente 1º - Leandro M. Silva, Secretario.