Ordenanzas - Adhesion a Ley Nº 9566, de Legislatura de la Provincia de Entre Ríos


ORDENANZA Nº 10699/2004.-

EXPTE.Nº 1843/2004-H.C.D.

 

 

 

 

VISTO:

El Programa de Acceso al consumo de Gas Licuado de Petróleo “Programa Garrafa Social” que ha sido declarado de Interés Provincial con la aprobación de la Ley Provincial Nº 9566.

 

CONSIDERANDO:

Que dicho Programa esta orientado a los sectores mas afectados por la crisis social, los que están excluidos en su mayoría de los mas elementales beneficios, y por lo general, alejados de las redes de gas domiciliario.

Que estos sectores están conformados por personas íntegras, que son las mas sufridas cuando las inclemencias del tiempo azotan duramente sus viviendas, fundamentalmente en el frío y húmedo invierno, condiciones climáticas características de nuestra zona.

Que es primordial brindar y facilitar el acceso a este tipo de combustible para uso domiciliario el que garantiza además, la posibilidad de elaborar comidas calientes, reeditando la convivencia que se construye alrededor de la cocina y que es fundamental para la formación de las matrices de aprendizaje en nuestros gurises.

Que el rescate de la dignidad y aumento de la autoestima que el poder “cocinar” en el hogar genera, se debe buscar y mantener como pilar en la formación familiar por todos los medios posibles que sean necesarios.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- ADHERIR a la Ley Nº 9566, sancionada por la Honorable Legislatura de la Provincia de Entre Ríos.

 

ORDENANZA Nº 10699/2004.-

 

 

ART.2º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir, en caso de considerarse oportuno y conveniente, el respectivo convenio con las autoridades Provinciales a cargo del “Programa Garrafa Social”.

ART.3º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a reglamentar las condiciones de acceso al “Programa Garrafa Social” en consonancia con lo normado por la Ley Nº 9566 y sus reglamentaciones.

ART.4º.- COMUNÍQUESE, etc...

 

 

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 15 de junio de 2004.

Héctor de la Fuente, Presidente – Víctor Ingold, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

ORDENANZAS

Accesibilidad UrbanaAmbienteAportes PatronalesCeremonialCódigo TributarioComercioConcesionesConstruccionConvocatorias Concursos municipioDonacionesExcepciónHigieneMedio AmbienteMujer integracion socialMultasObras PrivadasObras PúblicasOtroPago a ProveedoresPasantiasPatrimonio CulturalPresupuestoPromocion SocialResiduosSaludServicios a la comunidadTránsitoTurismoViviendas IAPV PROCREAR SIMIL