Ordenanzas - Construcción de un “Laberinto y Jardín Botánico”.


ORDENANZA Nº 10666/2003.-

EXPTE.Nº 328/2000.-H.C.D.

 

 

 

 

VISTO:

La utilidad que conllevaría para nuestra ciudad contar con un sitio de esparcimiento constituido por un laberinto y un jardín botánico.

 

CONSIDERANDO:

Que dicha obra constituirá un atractivo con el que nuestra comunidad, en su irrenunciable apuesta turística incrementará su oferta en esta materia con respecto al futuro, llenando los vacíos con lo que muchos visitantes se encuentran en época de bajo turismo – Semana Santa – fines de semanas largos – vacaciones de invierno, etc...

Que la construcción de laberintos con fines de regocijo espiritual nos remonta al antiguo Egipto, pasando por los más famosos laberintos de Grecia. Desde entonces, y hasta hoy, los laberintos han cautivado siempre la condición humana tanto por su belleza como por el desafío que conlleva la dilucidación de su trama misteriosa, intrincada, arrevesada e irracional.

Que asimismo debe ponerse de manifiesto el bajo costo que en cuanto a insumos directos reclama el emprendimiento y su mantenimiento, lo que potenciará el ingenio de sus autores frente a la escasez que como se sabe asola toda iniciativa del Estado.

Que la Mesa Ejecutiva de la Comisión de Ciencia y Técnica de nuestra localidad, esta dispuesta a su concreción en el predio de la Escuela de Horticultura y Floricultura.

Que para la implementación del emprendimiento, la Mesa Ejecutiva de la Comisión de Ciencia y Técnica, solicita asesoramiento de los Profesionales de este Municipio, como así también un aporte económico para su realización.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 10666/2003.-

 

 

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- CONVENIR con el Departamento Ejecutivo Municipal y la Mesa Ejecutiva de la Comisión de Ciencia y Técnica, la factibilidad para concretar la construcción de un “Laberinto y Jardín Botánico”.

ART.2º.- OTORGAR a la Mesa Ejecutiva de la Comisión de Ciencia y Técnica, un subsidio no reintegrable y/o los insumos necesarios, hasta la suma de PESOS TRES MIL ( $ 3.000.-) para la construcción de “Laberinto y Jardín Botánico”, en el predio de la Escuela de Horticultura y Floricultura “ Héctor Eleuterio Grané”, que posee en calle Urquiza al Oeste.

ART.3º.- IMPUTAR el subsidio del Art.2º a la partida correspondiente a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Presupuesto 2003.

ART.4º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 28 DE NOVIEMBRE DE 2003.

SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

 

 

 

ORDENANZAS

Accesibilidad UrbanaAmbienteAportes PatronalesCeremonialCódigo TributarioComercioConcesionesConstruccionConvocatorias Concursos municipioDonacionesExcepciónHigieneMedio AmbienteMujer integracion socialMultasObras PrivadasObras PúblicasOtroPago a ProveedoresPasantiasPatrimonio CulturalPresupuestoPromocion SocialResiduosSaludServicios a la comunidadTránsitoTurismoViviendas IAPV PROCREAR SIMIL